Alfarisk ofrece dentro de su amplia cobertura de seguros, al servicio de Credito, un seguro que es importante para aquellos que requieren del mismo.
El Objetivo del seguro de crédito es garantizar al vendedor o comerciante que vende con cobro aplazado, que cobrará la mayoría de sus ventas. Si llegado el vencimiento de alguno de los instrumentos comerciales utilizados para dicho pago, el cliente incumple, tras las gestiones oportunas, la compañía indemnizará al vendedor o prestatario de servicio, el abono de la factura o facturas impagadas hasta el porcentaje acordado, normalmente entre un 75% y 85% de la misma.
El seguro de crédito tiene una primera función preventiva mucho más útil. Al clasificar a su cliente y establecer límites de cuantías y / o condiciones de venta recomendados, se avisa del grado de fiabilidad de los futuros clientes, evitándose en muchas ocasiones cometer errores que podría llevarse a la insolvencia.
Al tratarse de un seguro relativamente desconocido y con cierta complejidad de funcionamiento, se le recomienda que dedique unos minutos a la lectura de los principales conceptos de esta poliza.
El Precio del seguro se calcula inicialmente sobre el volumen de ventas a crédito declaradas estimativamente. Ello constituye la prima mínima.
Si las ventas realizadas superan el importe cubierto por la prima mínima, la compañía procederá a la regularización mensual o anual, girando los recibos correspondientes para dar cobertura a las mismas y procediendo al reajuste de las mismas.
El impago de cualquiera de estas obligaciones, suspende las obligaciones indemnizatorias de la compañía.
Este seguro en Caso de Impago funciona de la siguiente manera:
Si se produce un impago, Usted podrá acordar un plazo suplementario, normalmente no superior a 90 días, para su cumplimiento, y esta prórroga debe ser comunicada y documentada la compañía mensualmente. En caso de que fuesen necesarias prórrogas mayores, deben ser autorizadas por la compañía.
Salvo casos de situación concursal o similares, en donde la comunicación será inmediata, el cliente tiene 30 días para comunicar el impago, aportando la documentación relativa al crédito y otros posteriores que pudiesen verse afectados.
Una vez comprobado por la compañía que se han cumplido las premisas del seguro de crédito, dentro de los plazos establecidos en el mismo y hasta los porcentajes acordados, procederá a indemnizar al tomador, sustituyéndose en todas las acciones legales que le correspondan contra el deudor.
Lo que No Cubre este seguro son:
Mapfre seguros ofrece dentro de su amplia cobertura de seguros, al servicio de Crédito para Ambos Mercados de Gestión Simplificada 30×20, un seguro importante y privilegioso para aquellas empresas que requieren de un credito Para la cobertura de los riesgos derivados de las ventas realizadas a crédito a sus 30 principales clientes, españoles o extranjeros.
Esta compañia esta vigente y se inicia en España en el año 1933, donde ocurrieron hechos por orden cronológico donde se produjeron los principales acontecimientos del desarrollo tanto en España como a nivel Internacional.
Esta compañia aseguradora se debe a:
Las Caracteristicas son las siguientes detalladas:
Mercado Nacional y Mercado Extranjero. Los clientes del asegurado pueden ser empresas o comerciantes españoles o extranjeros.
Este producto es óptimo para empresas con un volumen de facturación anual a crédito inferior a 3.000.000 €
Esta póliza proporciona cobertura a los 30 principales clientes del Asegurado, que representen el riesgo cuantitativamente más significativo, con la posibilidad de incorporar hasta 5 nuevos clientes durante la vigencia de la póliza
El límite de crédito máximo por cliente asciende a 120.000 €
Prima única
No existe
Esta modalidad no realiza ningún ajuste de la Prima Única, ni a favor de la Compañía ni a favor del asegurado
En caso de no haber recuperado total o parcialmente el crédito impagado, se efectúa de forma inmediata, una vez producida la insolvencia del deudor. En caso de insolvencia de hecho o mora prolongada, la compañía indemniza un 60% de su responsabilidad a los 6 meses desde la declaración del siniestro y el 40% restante a los 6 meses de la primera liquidación.
Las Coberturas con las que cuentan son:
La declaración del cliente deudor, mediante resolución judicial firme, en situación de quiebra o en cualquier otra situación de carácter concursal análoga conforme a la legislación que le fuera aplicable.
La negativa arbitraria del deudor extranjero o en su caso del importador, a retirar la mercancía sin que medie causa justificada para ello.
Mapfre seguros ofrece dentro de su amplia cobertura de seguros, al servicio de Seguros Mapfre De Caucion un seguro importante y sencillo para aquellas empresas que requieren del mismo.
Esta compañia aseguradora refleja mediante las garantías del Seguro de Caución ante la Administración Central, Autonómica, Local y Organismos Oficiales, donde Mapfre ofrece una solución a todas aquellas empresas que por exigencias de carácter legal o contractual, necesiten garantizar el cumplimiento de sus obligaciones.
Teniendo en cuenta que tanto la garantía de MAPFRE como el aval bancario, cumplen la misma función de garantía, la oferta diferenciada que la entidad puede hacer es la del precio y el servicio.
Las Ventajas que tiene esta compañia de seguros son:
El precio de las garantías se debe a que:
Las Coberturas por la administracion publica son:
Estas estan destinadas a todas aquellas empresas que se presentan a concursos para la contratación de obras públicas, suministros o servicios. Mediante esta modalidad se garantiza a la Administración Pública la formalización, por parte del adjudicatario, del contrato objeto del concurso y la presentación de la garantía definitiva.
Cubre la correcta realización del contrato adjudicado. Normalmente su importe es del 5% del presupuesto.
Queda garantizada la devolución de los anticipos recibidos de la Administración para posibilitar a los contratistas bien el acopio de materiales, en tanto tales materiales quedan incorporados a la obra, o bien el acopio de maquinaria.
Tiene por objeto sustituir las posibles retenciones que sobre el pago de la certificación puede establecer la Administración Pública, en concepto de garantía adicional a la de ejecución, para responder de la correcta ejecución de la obra o calidad del suministro una vez recepcionada provisionalmente.
Las Coberturas por la Aduanera son:
Garantiza el tránsito de mercancías que entran en España, donde permanecen durante un determinado período de tiempo para, cumplido éste, volver a salir.
Garantiza el tránsito de mercancías que entran en España, donde permanecen durante un determinado período de tiempo, durante el cual son transformadas, y posteriormente exportadas.
Garantiza a las autoridades aduaneras la salida de la mercancía en tránsito o, en caso contrario, el pago del derecho arancelario no cobrado.
Mapfre seguros ofrece dentro de su amplia cobertura de seguros, al servicio de Crédito para Ambos Mercados de Gestión Simplificada 30×20, un seguro importante y privilegioso para aquellas empresas que requieren de un credito para la cobertura de los riesgos derivados de las ventas realizadas a crédito a sus 30 principales clientes, españoles o extranjeros.
Las Caracteristicas son:
Mercados Nacional y Mercados Extranjero. Los clientes del asegurado pueden ser empresas o comerciantes españoles o extranjeros
Este producto es óptimo para empresas con un volumen de facturación anual a crédito superior a 1.000.000 €.
El asegurado tiene la posibilidad de someter a clasificación crediticia a todas las empresas integrantes de su cartera de clientes con las que realice operaciones a crédito.
El equipo de especialistas en suscripción de riesgos analiza la situación de cada empresa a clasificar para determinar la aceptación del límite de crédito que soliciten los asegurados.
Prima fija, única o constante.
Este modalidad está exenta de notificación de ventas.
Esta modalidad no realiza ningún ajuste de la Prima Única, ni a favor de la Compañía ni a favor del asegurado.
El pago de la indemnización, en el caso de no haber recuperado total o parcialmente el crédito impagado, se efectúa de forma inmediata, una vez producida la insolvencia del deudor, o bien el 100% de nuestra responsabilidad a los 6 meses en los casos de insolvencia de hecho o mora prolongada.
Las Coberturas son las siguientes:
La aprobación de un convenio judicial, o de una transacción extrajudicial autorizada previamente y por escrito por la Compañía, que implique una reducción o quita del importe del crédito asegurado.
La declaración del cliente deudor, mediante resolución judicial firme, en situación de quiebra o en cualquier otra situación de carácter concursal análoga conforme a la legislación que le fuera aplicable
La imposibilidad de ejecutar la sentencia judicial firme o el laudo arbitral definitivo que reconozca el derecho de crédito del Asegurado por la inexistencia o insuficiencia de bienes libres del deudor y en su caso del garante para satisfacer, total o parcialmente, el pago de la deuda.
El impago total o parcial del crédito transcurridos seis meses desde la fecha de recepción en la Compañía del Aviso de Insolvencia Provisional y de la documentación original acreditativa de la deuda.
La negativa arbitraria del deudor extranjero o en su caso del importador a retirar la mercancía sin que medie causa justificada para ello.
Mapfre seguros ofrece dentro de su amplia cobertura de seguros, al servicio de Seguros de Crédito para Ambos Mercados Con Póliza Única, un seguro importante y privilegioso para aquellas empresas que requieren de un credito para la cobertura de los riesgos derivados de las ventas realizadas a crédito tanto en el mercado nacional, como en el extranjero (exportación).
Las Coberturas son las siguientes detalladas:
La aprobación de un convenio judicial, o de una transacción extrajudicial autorizada previamente y por escrito por la Compañía, que implique una reducción o quita del importe del crédito asegurado.
La declaración del cliente deudor, mediante resolución judicial firme, en situación de quiebra o en cualquier otra situación de carácter concursal análoga conforme a la legislación que le fuera aplicable
La imposibilidad de ejecutar la sentencia judicial firme o el laudo arbitral definitivo que reconozca el derecho de crédito del Asegurado por la inexistencia o insuficiencia de bienes libres del deudor y en su caso del garante para satisfacer, total o parcialmente, el pago de la deuda.
El impago total o parcial del crédito transcurridos seis meses desde la fecha de recepción en la Compañía del Aviso de Insolvencia Provisional y de la documentación original acreditativa de la deuda.
La negativa arbitraria del deudor extranjero o en su caso del importador a retirar la mercancía sin que medie causa justificada para ello.
Las Caracteristicas con las que cuentan son:
Mercados Nacional y mercado Extranjero. Los clientes del asegurado pueden ser empresas o comerciantes españoles o extranjeros
Este producto es óptimo para empresas con un volumen de facturación anual a crédito superior a 1.000.000 €.
El asegurado tiene la posibilidad de someter a clasificación crediticia a todas las empresas integrantes de su cartera de clientes con las que realice operaciones a crédito.
El equipo de especialistas en suscripción de riesgos analiza la situación de cada empresa a clasificar para determinar la aceptación del límite de crédito que soliciten los asegurados.
Consiste en un porcentaje sobre las ventas aseguradas durante la anualidad del seguro. Inicialmente se establece una prima provisional, que se va pagando fraccionadamente, y una prima mínima anual.
El Asegurado deberá ir notificando a MAPFRE con la periodicidad que se establezca, las ventas a crédito que vaya realizando, a efectos de su inclusión bajo la cobertura de la póliza y del cálculo de la prima de la anualidad.
El pago de la indemnización, en el caso de no haber recuperado total o parcialmente el crédito impagado, se efectúa de forma inmediata, una vez producida la insolvencia del deudor, o bien el 100% de la responsabilidad a los 6 meses en los casos de insolvencia de hecho o mora prolongada
Mapfre seguros ofrece dentro de su amplia cobertura de seguros, al servicio de Seguros de Crédito para Ambos Mercados De Póliza Única a Prima Anual Constante, un seguro importante y privilegioso para aquellas empresas que requieren de un credito Para la cobertura de los riesgos derivados de las ventas realizadas a crédito en los mercados nacional e internacional .
Las Coberturas son las siguientes:
La aprobación de un convenio judicial, o de una transacción extrajudicial autorizada previamente y por escrito por la Compañía, que implique una reducción o quita del importe del crédito asegurado.
La declaración del cliente deudor, mediante resolución judicial firme, en situación de quiebra o en cualquier otra situación de carácter concursal análoga conforme a la legislación que le fuera aplicable
La imposibilidad de ejecutar la sentencia judicial firme o el laudo arbitral definitivo que reconozca el derecho de crédito del Asegurado por la inexistencia o insuficiencia de bienes libres del deudor y en su caso del garante para satisfacer, total o parcialmente, el pago de la deuda.
El impago total o parcial del crédito transcurridos seis meses desde la fecha de recepción en la Compañía del Aviso de Insolvencia Provisional y de la documentación original acreditativa de la deuda.
La negativa arbitraria del deudor extranjero o en su caso del importador a retirar la mercancía sin que medie causa justificada para ello.
Las Caracteristicas con las que operan son:
Mercados Nacional y Extranjero. Los clientes del asegurado pueden ser empresas o comerciantes españoles o extranjeros
Este producto es óptimo para empresas con un volumen de facturación anual a crédito superior a 1.000.000 €.
El asegurado tiene la posibilidad de someter a clasificación crediticia a todas las empresas integrantes de su cartera de clientes con las que realice operaciones a crédito.
El equipo de especialistas en suscripción de riesgos analiza la situación de cada empresa a clasificar para determinar la aceptación del límite de crédito que soliciten los asegurados.
Prima fija, única o constante.
Este modalidad está exenta de notificación de ventas.
Esta modalidad no realiza ningún ajuste de la Prima Única, ni a favor de la Compañía ni a favor del asegurado.
El pago de la indemnización, en el caso de no haber recuperado total o parcialmente el crédito impagado, se efectúa de forma inmediata, una vez producida la insolvencia del deudor, o bien el 100% de nuestra responsabilidad a los 6 meses en los casos de insolvencia de hecho o mora prolongada
Mapfre seguros ofrece dentro de su amplia cobertura de seguros, al servicio de Seguros de Crédito para el Mercado Internacional, un seguro importante y privilegioso para aquellas empresas que requieren de un credito para la cobertura de los riesgos derivados de las ventas realizadas a crédito a clientes tanto nacionales como extranjeros.
las Caracteristicas de este seguro son:
Mercado internacional. Los clientes del asegurado deben ser empresas o comerciantes extranjeros.
Con la cobertura de riesgo político se puede estudiar la cobertura de ventas realizadas a compradores públicos o las efectuadas a uno privado por el acaecimiento de algún riesgo que tenga esta consideración (medidas adoptadas por un país que impidan el pago, imposibilidad de realizar la exportación por disposiciones del país al que se dirijan las exportaciones, etc)
Este producto es óptimo para empresas con un volumen de facturación anual a crédito superior a 1.000.000 €.
El asegurado tiene la posibilidad de someter a clasificación crediticia a todas las empresas extranjeras integrantes de su cartera de clientes con las que realice operaciones a crédito.
El equipo de especialistas en suscripción de riesgos analiza la situación de cada empresa a clasificar para determinar la aceptación del límite de crédito que soliciten los asegurados.
Consiste en un porcentaje sobre las ventas aseguradas durante la anualidad del seguro. Inicialmente se establece una prima provisional, que se va pagando fraccionadamente, y una prima mínima anual.
El Asegurado deberá ir notificando a MAPFRE con la periodicidad que se establezca, las ventas a crédito que vaya realizando, a efectos de su inclusión bajo la cobertura de la póliza y del cálculo de la prima de la anualidad.
Una vez recibidas las notificaciones de ventas de la anualidad se calcula la prima devengada durante la misma y se practica la oportuna liquidación de reajuste de prima.
El pago de la indemnización, en el caso de no haber recuperado total o parcialmente el crédito impagado, se efectúa de forma inmediata, una vez producida la insolvencia del deudor, o bien el 100% de la responsabilidad a los 6 meses en los casos de insolvencia de hecho o mora prolongada.
Las Coberturas con las que cuenta este seguro son las siguientes:
La aprobación de un convenio judicial, o de una transacción extrajudicial autorizada previamente y por escrito por la Compañía, que implique una reducción o quita del importe del crédito asegurado.
La declaración del cliente deudor, mediante resolución judicial firme, en situación de quiebra o en cualquier otra situación de carácter concursal análoga conforme a la legislación que le fuera aplicable.
La imposibilidad de ejecutar la sentencia judicial firme o el laudo arbitral definitivo que reconozca el derecho de crédito del Asegurado por la inexistencia o insuficiencia de bienes libres del deudor y en su caso del garante para satisfacer, total o parcialmente, el pago de la deuda.
El impago total o parcial del crédito transcurridos seis meses desde la fecha de recepción en la Compañía del Aviso de Insolvencia Provisional y de la documentación original acreditativa de la deuda.
La negativa arbitraria del deudor extranjero o en su caso del importador a retirar la mercancía sin que medie causa justificada para ello.
Mapfre seguros ofrece dentro de su amplia cobertura de seguros, al servicio de Credito para el mercado nacional, un seguro importante y privilegioso para aquellas empresas que requieren de un credito.
Las Caracteristicas de este seguro son:
Mercado nacional. Los clientes del asegurado deben ser empresas o comerciantes españoles.
Este producto es óptimo para empresas con un volumen de facturación anual a crédito superior a 1.000.000 €.
El asegurado tiene la posibilidad de someter a clasificación crediticia a todas las empresas integrantes de su cartera de clientes con las que realice operaciones a crédito.
El equipo de especialistas en suscripción de riesgos analiza la situación de cada empresa a clasificar para determinar la aceptación del límite de crédito que soliciten los asegurados.
Consiste en un porcentaje sobre las ventas aseguradas durante la anualidad del seguro. Inicialmente se establece una prima provisional, que se va pagando fraccionadamente, y una prima mínima anual.
El Asegurado deberá ir notificando a MAPFRE con la periodicidad que se establezca, las ventas a crédito que vaya realizando, a efectos de su inclusión bajo la cobertura de la póliza y del cálculo de la prima de la anualidad.
Una vez recibidas las notificaciones de ventas de la anualidad se calcula la prima devengada durante la misma y se practica la oportuna liquidación de reajuste de prima.
El pago de la indemnización, en caso de no haberse recuperado total o parcialmente el crédito impagado, se efectúa de forma inmediata, una vez producida la insolvencia del deudor. En los casos de insolvencia de hecho o mora prolongada, el pago se efectúa anticipando el 50% de la responsabilidad transcurridos 6 meses desde la fecha de declaración del siniestro, e indemnizando el 50% restante a los 6 meses de la primera liquidación.
Las Coberturas que este ofrece son:
La aprobación de un convenio judicial, o de una transacción extrajudicial autorizada previamente y por escrito por la Compañía, que implique una reducción o quita del importe del crédito asegurado. Esto tambien esta referido a la defensa juridica.
La imposibilidad de ejecutar la sentencia judicial firme o el laudo arbitral definitivo que reconozca el derecho de crédito del Asegurado por la inexistencia o insuficiencia de bienes libres del deudor y en su caso del garante para satisfacer, total o parcialmente, el pago de la deuda.
La declaración del cliente deudor, mediante auto judicial firme, en situación de concurso de acreedores
El impago total o parcial del crédito transcurridos seis meses desde la fecha de recepción en la Compañía del Aviso de Insolvencia Provisional y de la documentación original acreditativa de la deuda.
El acuerdo entre el Asegurado y la Compañía por el que se considere que el crédito resulta incobrable
Las Caracteristicas son las siguientes de este seguro:
Mercados Nacional y Extranjero. Los clientes del asegurado pueden ser empresas o comerciantes españoles o extranjeros
Este producto es óptimo para empresas con un volumen de facturación anual a crédito superior a 1.000.000 €.
El asegurado tiene la posibilidad de someter a clasificación crediticia a todas las empresas integrantes de su cartera de clientes con las que realice operaciones a crédito.
Nuestro equipo de especialistas en suscripción de riesgos analiza la situación de cada empresa a clasificar para determinar la aceptación del límite de crédito que soliciten los asegurados.
Consiste en un porcentaje sobre las ventas aseguradas durante la anualidad del seguro. Inicialmente se establece una prima provisional, que se va pagando fraccionadamente, y una prima mínima anual.
El Asegurado deberá ir notificando a MAPFRE con la periodicidad que se establezca, las ventas a crédito que vaya realizando, a efectos de su inclusión bajo la cobertura de la póliza y del cálculo de la prima de la anualidad.
Una vez recibidas las notificaciones de ventas de la anualidad se calcula la prima devengada durante la misma y se practica la oportuna liquidación de reajuste de prima.
El pago de la indemnización, en el caso de no haber recuperado total o parcialmente el crédito impagado, se efectúa de forma inmediata, una vez producida la insolvencia del deudor, o bien el 100% de nuestra responsabilidad a los 6 meses en los casos de insolvencia de hecho o mora prolongada
Las Coberturas de esta compañia aseguradora de seguros son las siguientes detalladas a continuacion de la misma:
La aprobación de un convenio judicial, o de una transacción extrajudicial autorizada previamente y por escrito por la Compañía, que implique una reducción o quita del importe del crédito asegurado.
La declaración del cliente deudor, mediante resolución judicial firme, en situación de quiebra o en cualquier otra situación de carácter concursal análoga conforme a la legislación que le fuera aplicable
La imposibilidad de ejecutar la sentencia judicial firme o el laudo arbitral definitivo que reconozca el derecho de crédito del Asegurado por la inexistencia o insuficiencia de bienes libres del deudor y en su caso del garante para satisfacer, total o parcialmente, el pago de la deuda.
El impago total o parcial del crédito transcurridos seis meses desde la fecha de recepción en la Compañía del Aviso de Insolvencia Provisional y de la documentación original acreditativa de la deuda.
La negativa arbitraria del deudor extranjero o en su caso del importador a retirar la mercancía sin que medie causa justificada para ello.
Clasificación Crediticia de sus clientes
Clasificamos su cartera de clientes mediante un servicio de análisis y valoración de riesgos altamente profesional, que trabaja con amplias fuentes de información y actúa con objetividad e independencia de criterio
Gestión de impagados
Gestionamos la recuperación extrajudicial y judicial de sus créditos impagados por medio de una amplia red, nacional e internacional, de Gestores de Cobros y Abogados especializados.
La Compañía indemniza, además, los gastos incurridos en las gestiones de recuperación en la misma proporción en que el crédito resulte cubierto por el seguro
Servicios online: Clavemap
Para facilitar la gestión de las pólizas de Seguro de Crédito, ponemos a su disposición el servicio online CLAVEMAP. Este servicio le permitirá conectarse con nosotros desde su propio ordenador a través de internet. Con ello podrá solicitar clasificación crediticia de sus clientes, obtener respuestas online, consultar las clasificaciones concedidas a su cartera de clientes, la comunicación y alta de siniestros, así como acceder a toda la información necesaria para la gestión de la póliza (condiciones particulares, recibos, siniestros, etc).
La Unión Europea cuenta con una amplia política de ayudas al sector agrario y la tramitación de las mismas es competencia de las Comunidades Autónomas. La concesión de tales ayudas por la U.E. normalmente genera la obligación de presentar garantías a quienes las reciben.
Estas garantías se presentan normalmente ante el organismo de la Comunidad Autónoma encargado de gestionar las ayudas.
Las Coberturas con las que cuenta esta compañia de seguros son las siguientes detalladas a continuacion de la misma:
La UE trata de fomentar la exportación por medio de unas ayudas o restituciones a la exportación, normalmente a terceros países, de productos en los que la Comunidad es excedentaria, interesándole, por tanto, la venta fuera de la misma de dichas mercancías.
Para obtener la ayuda, el exportador debe presentar una garantía asegurando la realización efectiva de la exportación subvencionada.
Se trata del supuesto contrario al caso anterior, ya que aquí se trata de productos agrícolas en los que la UE es deficitaria, por lo que se fomenta su producción y/o transformación, mediante la concesión de ayudas en este sentido.
Para obtener la ayuda, la empresa debe presentar una garantía asegurando la producción y/o transformación de productos de los que la comunidad es deficitaria.
Oficinas MAPFRE especializadas en Seguros de Caución y de Crédito.
A CORUÑA
CRISTINO ALVAREZ, 1
15008 A Coruña (A CORUÑA)
Telf.- 981 18 87 70 – 981 18 87 63 Fax.- 981 18 84 60
ALBACETE
EDIFICIO ROSALES, AVENIDA DE LA ESTACION, s/n
02001 Albacete (ALBACETE)
Telf.- 967 19 19 92 Fax.- 967 24 18 78
ALICANTE
AVENIDA EUSEBIO SEMPERE, 20
03003 Alicante (ALICANTE)
Telf.- 965 90 78 76 Fax.- 965 90 79 39
ALMERÍA
RIBERA DE LAS ALMADRAVILLAS, S/N
04004 Almería (ALMERÍA)
Telf.- 950 18 09 44 Fax.- 950 18 09 11
BADAJOZ
AVENIDA JUAN PEREDA PILA, 18
06010 Badajoz (BADAJOZ)
Telf.- 924 21 35 89 Fax.- 924 21 35 95
BARCELONA (Ciudad y área metropolitana)
LA MARINA 16-18, PLANTA 36
08005 Barcelona (BARCELONA)
Telf.- 93 401 26 20 – 93 401 26 39 Fax.- 934 01 26 14
BARCELONA (Sabadell)
AVENIDA FRANCESC MACÍA, 66
08208 Sabadell (BARCELONA)
Telf.- 93 728 4130 Fax.- 93 728 41 11
BARCELONA (Resto de Cataluña, excepto GERONA y TARRAGONA)
LA MARINA 16-18, PLANTA 13
08005 Barcelona (BARCELONA)
Telf.- 934 03 43 22 Fax.- 934 03 43 23
BURGOS
AVENIDA DE LA PAZ, 17-19
09004 Burgos (BURGOS)
Telf.- 947 24 03 77 Fax.- 947 23 60 44
CASTELLÓN
GOBERNADOR BERMÚDEZ DE CASTRO 56, BAJO
12003 Castellón (CASTELLÓN)
Telf.- 964 72 70 40 – 964 72 70 47 Fax.- 964 72 70 45
CORDOBA
AVDA. DEL AEROPUERTO, 8
14004 Córdoba (CÓRDOBA)
Telf.- 957 46 93 00 – 957 46 93 46 Fax.- 957 46 93 10
GIRONA
ANSELM CLAVÉ, 85-87
17300 Blanes (GIRONA)
Telf.- 972 33 55 04 Fax.- 972 35 24 33
GIJÓN
CURA SAMA, 4-6
33004 Gijón (GIJÓN)
Telf.- 985 34 15 38 – 649 86 87 19 Fax.- 985 17 00 40
GRAN CANARIA
GENERAL BALMES s/n, 1ª PLANTA
35008 Las Palmas de G.C. (GRAN CANARIA)
Telf.- 928 45 77 01 – 928 45 47 24 Fax.- 928 45 46 03
GUIPÚZCOA
GUETARIA 15, BAJO
20005 San Sebastián (GUIPÚZCOA)
Telf.- 943-43.33.45 Fax.- 943 42 95 85
ISLAS BALEARES
PASEO DE MALLORCA, 17
07011 Palma de Mallorca (ISLAS BALEARES)
Telf.- 971 78 89 00 – 971 788998 Fax.- 971 78 89 82
JAÉN
AVENIDA DE ANDALUCÍA, 58
23006 Jaén (JAÉN)
Telf.- 953 21 60 30 – 659-967119 Fax.- 953 21 60 21
LEÓN
PASEO CONDESA SAGASTA, 8
24001 León (LEÓN)
Telf.- 987 87 55 02 Fax.- 987 23 70 65
MADRID (Ciudad)
MANUEL CORTINA 2, 4º izda.
28010 Madrid (MADRID)
Telf.- 915 81 39 92 Fax.- 914 46 41 67
MADRID (Alcobendas)
C7. MARQUÉS DE LA VALDAVIA, 78 POL. 30 C
28100 Alcobendas (MADRID)
Telf.- 916 58 63 30
MADRID (Leganés)
PLAZA DEL SALVADOR, 7
28911 Leganés (MADRID)
Telf.- 916 89 69 40
MADRID (Móstoles)
AVENIDA DOS DE MAYO, 25
28934 Móstoles (MADRID)
Telf.- 916 65 50 40 Fax.- 916 13 50 52
MADRID (Resto de Madrid, incluyendo SEGOVIA y GUADALAJARA)
CARRETERA ANTIGUA AJALVIR POLÍGONO 30-C
28806 Alcalá de Henares (MADRID)
Telf.- 915 81 36 82 – 915 81 33 83 Fax.- 915 81 48 21
MÁLAGA
AVENIDA DE LA AURORA, 34
29006 Málaga (MÁLAGA)
Telf.- 952 13 44 13 Fax.- 952 13 60 11
MURCIA
AVENIDA RONDA DE LEVANTE, 20
30006 Murcia (MURCIA)
Telf.- 968 356 870 – 968 356 864 Fax.- 968 35 68 78
NAVARRA
AVENIDA LA RIOJA 3, 6º
31008 Pamplona (NAVARRA)
Telf.- 948 28 86 47 – 948 28 86 48 Fax.- 948 28 86 33
OVIEDO
GIL DE JAZ 10, 2ª PLANTA
33004 Oviedo (OVIEDO)
Telf.- 985 10 88 47 Fax.- 985 10 88 54
PONTEVEDRA
AVENIDA GARCÍA BARBÓN, 106
36201 Vigo (PONTEVEDRA)
Telf.- 986 44 72 75 – 986 44 98 53 Fax.- 986 43 66 91
SEVILLA
RONDA DE LOS TEJARES, S/N
41010 Sevilla (SEVILLA)
Telf.- 954 28 91 04 – 954 28 90 76 Fax.- 95.428.91.76
TARRAGONA
AVENIDA SANT JORDI, 33
43201 Reus (TARRAGONA)
Telf.- 977 34 11 14 Fax.- 977 34 56 63
TENERIFE
AVENIDA JOSE ANTONIO, 3
38003 Santa Cruz de Tenerife (TENERIFE)
Telf.- 922 60 59 34 Fax.- 922 60 59 34
TOLEDO
AVENIDA EUROPA, 2
45003 Toledo (TOLEDO)
Telf.- 925 25 96 88 – 925 25 97 24 Fax.- 925 25 97 12
VALENCIA
PASEO ALAMEDA 35, 4ª PLANTA
46023 Valencia (VALENCIA)
Telf.- 963 88 48 62 – 963 88 48 58 Fax.- 963 88 49 66
VALLADOLID
AVENIDA ZAMORA, 37
47004 Valladolid (VALLADOLID)
Telf.- 983 42 75 47 – 983 4254 31 Fax.- 983 42 75 95
VIZCAYA
IBÁÑEZ DE BILBAO 28, 2º DPTO. C
48009 Bilbao (VIZCAYA)
Telf.- 944 20 40 91 – 944 20 40 90 Fax.- 944 20 41 21
ZARAGOZA
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